Talea Capital Partners S.V., S.A. (en adelante, “Talea Capital” o la “Sociedad”) es una empresa de servicios de inversión autorizada por la CNMV, nº de autorización nº 221, con CIF nº A64321961, constituida el 12 de septiembre de 2006, y registrada en el Registro Mercantil de Barcelona, en el Tomo 38965, Folio 128, Hoja B-339438. El domicilio social se encuentra establecido en Barcelona, Avenida Diagonal, 640 3ºE – 08017. Dispone de una sucursal en C/Monders 5, Barcelona.
Puede comunicarse con nosotros mediante el teléfono + 34 934 675 510, la página web https://operaciones.taleacapital.com o por correo electrónico a la dirección admparticipes@taleacapital.com y atencionclientetaleacapital@taleacapital.com
Las comunicaciones y el envío de información entre Talea Capital y usted será en el mismo idioma en el que se redacta el presente documento.
Todos los productos y servicios prestados por Talea Capital se encuentran sometidos a la legislación vigente y bajo la supervisión de CNMV. Para más información pueden dirigirse a:
Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV),
Oficina Atención Inversor
c/ Edison, 4, 28006 Madrid; Tfno. 915 851 500
Además Talea Capital está adherida al Fondo General de Garantía de Inversiones (FOGAIN), Paseo de la Habana, 82 1º Dcha, 28036 Madrid. Tfno: 91 443 06 50
Servicios prestados por Talea Capital:
Talea Capital está autorizada por la CNMV a prestar los siguientes servicios de inversión:
- Recepción y transmisión de ordenes de clientes en relación con uno o más instrumentos financieros.
- Negociación por cuenta propia.
- Gestión de carteras.
- Colocación de instrumentos financieros sin base en un compromiso firme.
- Asesoramiento en materia de inversión.
Y está autorizada también a prestar los siguientes servicios auxiliares:
- Custodia y administración por cuenta de clientes de los instrumentos financieros.
- Asesoramiento a empresas sobre estructura de capital, estrategia industrial y cuestiones afines, así como el asesoramiento y demás servicios en relación con fusiones y adquisiciones de empresas.
- Servicios de cambio de divisas relacionados con la prestación de servicios y actividades de inversión.
Asimismo, Talea Capital está autorizada a prestar las siguientes actividades accesorias:
- Recepción y transmisión de órdenes por cuenta de terceros.
- Asesoramiento sobre inversiones.
- Gestión de patrimonios.
- Colocación de acciones o participaciones de entidades no cotizadas o negociadas.
Por su seguridad, Talea Capital no admite cheques ni efectivo de sus clientes. El único medio de pago admitido para la suscripción es una trasferencia desde su banco a la cuenta del fondo de inversión, bien sea ordenada directamente a su banco o a través de la pasarela de pagos. El dinero no pasa por nuestras manos por su seguridad.
Clasificación de los clientes:
La legislación vigente (MIFID II) obliga a Talea Capital a asignar una clasificación a cada uno de sus clientes por sus conocimientos y experiencia. Este puede ser “cliente minorista”, “cliente profesional” o “contraparte elegible” en base a factores objetivos previstos por la normativa aplicable.
Las categorías establecidas son:
- Son todos aquellos clientes que no son considerados como Profesionales ni como Contrapartes Elegibles. Su nivel de protección es el máximo.
- Son entidades que deben ser autorizadas o reguladas para operar en los mercados financieros, la cuales poseen la experiencia, los conocimientos y la capacidad financiera necesarios para tomar sus propias decisiones de inversión y valorar correctamente los riesgos que conllevan estas decisiones, así como los Estados y Administraciones regionales. El nivel de protección es medio.
También podrán clasificarse como Profesionales las empresas que individualmente cumplan dos de los siguientes requisitos de tamaño de la empresa:
- Total de las partidas del activo sea igual o superior a 20 millones de euros.
- Importe de su cifra anual de negocios sea igual o superior a 40 millones de euros.
- Recursos propios sean iguales o superiores a 2 millones de euros.
- Contrapartes Elegibles. Son aquellos clientes que tienen el máximo conocimiento, experiencia y capacidad financiera. El nivel de protección otorgado es menor. Básicamente son entidades autorizadas para operar en los mercados financieros (empresas de inversión, entidades de crédito, compañías de seguros, instituciones de inversión colectiva y sus sociedades gestoras, entidades de capital-riesgo, fondos de pensiones y sus sociedades gestoras, bancos centrales, entre otros), así como los gobiernos.
De acuerdo a la normativa en vigor, Talea Capital clasifica a sus clientes/inversores en una de las tres categorías anteriores para poder ofrecerles el nivel de protección adecuado. Cualquier solicitud de cambio de categoría quedará supeditada a una evaluación de la misma por parte de Talea Capital quien, en función de lo estipulado en la normativa en vigor y del conocimiento que posea del cliente/inversor, aceptará o denegará dicha solicitud.
Talea Capital pondrá a su disposición información relativa a la clasificación que le ha sido asignada y sus implicaciones, las diferentes posibilidades de cambio de clasificación y otros aspectos de su interés relacionados con esta nueva normativa en el domicilio social de la entidad, donde podrá solicitar su entrega o información ampliada.
La clasificación que realiza Talea Capital debe entenderse sin perjuicio del derecho que le asiste de solicitar por escrito su trato como cliente de otra categoría, siendo consciente de las limitaciones que de ello podría derivarse en cuanto a su protección como cliente y siempre que se cumplan los requisitos de la normativa vigente.
INFORMACIÓN SOBRE LA NATURALEZA Y RIESGOS DE LOS INSTRUMENTOS FINANCIEROS CON LOS QUE OPERA TALEA CAPITAL
Talea Capital, en cumplimiento de lo establecido en la Directiva MiFID, debe proporcionar a sus clientes, o potenciales clientes, información de forma comprensible sobre la naturaleza y riesgos de los instrumentos financieros con los que opera.
Esta información ha de ser suficiente, imparcial, clara y no engañosa, de tal forma que los clientes o posibles clientes, en su caso, puedan adoptar cada decisión de inversión o contratación de los servicios ofrecidos sobre la base de una información adecuada.
En cumplimiento de lo anteriormente expuesto, se refleja a continuación la mencionada información, a fin de que cualquier cliente tenga un debido conocimiento de las condiciones y características de los instrumentos financieros con los que Talea Capital opera en el marco de los servicios de inversión que presta a sus clientes. Esta información será actualizada periódicamente y en todo caso cuando Talea Capital ofrezca a sus clientes o potenciales clientes productos o instrumentos financieros distintos de los aquí descritos.
Instrumentos financieros
Descripción general de la naturaleza de los instrumentos financieros: productos complejos y no complejos.
Las entidades que presten servicios de inversión tendrán la obligación de exigir a sus clientes que les faciliten información sobre sus conocimientos o experiencia en el ámbito de inversión, de modo que la empresa de inversión pueda evaluar si el producto o servicio de inversión previsto es adecuado para el cliente.
Productos no complejos
El cliente conoce el producto sin necesidad de evaluarle, por lo que no es necesario hacer comprobaciones sobre su conocimiento y experiencia inversora.
El artículo 25 apartado 4, letra a) de la Directiva 2014/65/UE incluye una enumeración de aquellos productos que pueden ser considerados como “no complejos”:
- Acciones admitidas a cotización en un mercado regulado o en un mercado equivalente de un tercer país.
- Instrumentos del mercado monetario.
- Bonos y obligaciones u otras formas de deuda titulizada (excluidas las obligaciones o los valores de deuda titulizada que incluyan derivados).
- Acciones/participaciones de una IIC (es decir, de instituciones de inversión colectiva amparadas por la directiva 2009/65/CE – comúnmente denominada directiva UCITS-).
Aparte de lo anterior, la Directiva de segundo nivel, en su artículo 57 establece que, además de los anteriores, también se podrán considerar como no complejos otros productos siempre que todos cumplan los siguientes criterios:
a) no estar incluidos en el artículo 4, apartado 1, punto 44, letra c), o en los puntos 4 a 10 del anexo I, sección C, de la Directiva 2014/65/UE (es decir, siempre que no tengan la consideración de productos derivados);
b) que existan posibilidades frecuentes de venta, reembolso u otro tipo de liquidación de dicho instrumento a precios públicamente disponibles para los participantes en el mercado y que sean precios de mercado o precios ofrecidos, o validados, por sistemas de evaluación independientes del emisor;
c) que no implique responsabilidad real o potencial alguna para el cliente que exceda del coste de adquisición del instrumento (pérdida superior al 100% del nominal invertido);
d) que esté a disposición del público información comprensible, suficiente y adecuadamente completa sobre sus características, de modo que permita a un cliente minorista medio emitir un juicio fundamentado para decidir si realizar una operación en ese instrumento
e) que no incorpore una cláusula, condición o evento desencadenante que pueda modificar sustancialmente la naturaleza o el riesgo de la inversión o el perfil de pagos, como las inversiones que incorporan un derecho a convertir el instrumento en una inversión distinta
f) no incluyen gastos de salida explícitos o implícitos que tengan por efecto convertir la inversión en ilíquida aun cuando existan posibilidades técnicamente frecuentes de venderla, obtener su reembolso o realizarla de algún otro modo.
Productos complejos
Los productos complejos son aquellos cuya inversión supone la asunción de un mayor nivel de riesgo por parte del cliente y cuya comprensión requiere unos mayores conocimientos financieros.
La Directiva de primer nivel establece específicamente como productos complejos, los siguientes:
1) Instrumentos derivados, incluyendo:
- Valores que dan derecho a adquirir o a vender tales valores negociables o que dan lugar a una liquidación en efectivo, determinada por referencia a valores negociables, divisas, tipos de interés o rendimientos, materias primas u otros índices o medidas.
- Contratos de opciones, futuros, permutas («swaps»), acuerdos de tipos de interés a plazo y otros contratos de derivados relacionados con valores, divisas, tipos de interés o rendimientos, u otros instrumentos derivados, índices financieros o medidas financieras que puedan liquidarse en especie o en efectivo;
- Contratos de opciones, futuros, permutas («swaps»), acuerdos de tipos de interés a plazo y otros contratos de derivados relacionados con materias primas que deban liquidarse en efectivo o que puedan liquidarse en efectivo a petición de una de las partes (por motivos distintos al incumplimiento o a otro suceso que lleve a la rescisión del contrato);
- Contratos de opciones, futuros, permutas («swaps») y otros contratos de derivados relacionados con materias primas que puedan liquidarse en especie, siempre que se negocien en un mercado regulado o SMN;
- Contratos de opciones, futuros, permutas («swaps»), acuerdos de tipos de interés a plazo y otros contratos de derivados relacionados con materias primas que puedan ser liquidados mediante entrega física no mencionados en el punto 6 de la Sección C y no destinados a fines comerciales, que presentan las características de otros instrumentos financieros derivados, teniendo en cuenta, entre otras cosas, si se liquidan a través de cámaras de compensación reconocidas o son objeto de ajustes regulares de los márgenes de garantía;
- Instrumentos derivados para la transferencia del riesgo de crédito;
- Contratos financieros por diferencias.
- Contratos de opciones, futuros, permutas («swaps»), acuerdos de tipos de interés a plazo («FRAs») y otros contratos de derivados relacionados con variables climáticas, gastos de transporte, autorizaciones de emisión o tipos de inflación u otras estadísticas económicas oficiales, que deban liquidarse en efectivo o que puedan liquidarse en efectivo a elección de una de las partes (por motivos distintos al incumplimiento o a otro suceso que lleve a la rescisión del contrato), así como cualquier otro contrato derivado relacionado con activos, derechos, obligaciones, índices y medidas no mencionados en la sección C del Anexo 1 de la directiva, que presentan las características de otros instrumentos financieros derivados, teniendo en cuenta, entre otras cosas, si se negocian en un mercado regulado o SMN, se liquidan a través de cámaras de compensación reconocidas o son objeto de ajustes regulares de los márgenes de garantía.
2) Productos estructurados, ya sean con forma de bono u otro tipo de valor (incluso titulizado), cuyo subyacente o en cuya estructura se incorpore un instrumento derivado de los anteriores.
3) Acciones admitidas a cotización en un mercado que no pueda tener la consideración de regulado o que no sea considerado como mercado equivalente de un tercer país.
4) Acciones/participaciones de Instituciones de Inversión Colectiva que no tengan la consideración de UCITS (es decir, fondos no armonizados).
Fondos de inversión / Sicavs (“IIC”)
Son Instituciones de Inversión Colectiva (IIC) aquellas que tienen por objeto la captación de fondos, bienes o derechos del público para gestionarlos e invertirlos en bienes, derechos, valores u otros instrumentos, financieros o no, siempre que el rendimiento del inversor se establezca en función de los resultados colectivos. Podrán tener la forma de patrimonio sin personalidad jurídica propia (Fondos de Inversión) o forma societaria (SICAVS).
Según su vocación inversora, a grandes rasgos pueden distinguirse los siguientes tipos de IIC:
- Fondos de renta fija. Son aquellos que invierten la mayoría de su patrimonio en activos de renta fija (obligaciones y bonos, letras, pagarés, etc.). Aquellos que, dentro de esta categoría, invierten únicamente en activos a corto plazo (plazo de reembolso inferior a 18 meses) y no pueden invertir en activos de renta variable, se denominan fondos monetarios.
- Fondos mixtos. Son aquellos que invierten parte de su patrimonio en activos de renta fija y parte en renta variable.
- Fondos de renta variable. Invierten la mayor parte de su patrimonio en activos de renta variable. Dentro de esta categoría se establecen subcategorías, según los mercados en los que se invierta (Europa, USA, etc.), los sectores (telecomunicaciones, finanzas, etc.) u otras características de los valores en los que invierte.
- Fondos garantizados. Garantizan que, como mínimo, se recupera, en un determinado período de tiempo, un porcentaje de la inversión inicial.
- Fondos globales. Estos fondos no tienen definida con precisión su política de inversión. Tienen libertad para no fijar de antemano los porcentajes en renta variable o fija en los que el fondo va a invertir. Las IIC armonizadas, tienen la consideración, a los efectos de MiFID, de instrumentos no complejos. No obstante, determinada tipología de estos productos, como pueden ser los fondos de inversión libre (comúnmente conocidos como “hedge funds”) serán considerados, sin embargo, como productos complejos.
Valores de renta variable
Se puede definir como valores de renta variable aquellos activos financieros sin vencimiento establecido y cuyo rendimiento evolucionará de acuerdo a la marcha de la empresa emisora. El valor de renta variable más típico es la acción. Las acciones son definidas como aquellos títulos representativos de cada una de las partes iguales en las que se divide el capital social de una sociedad. Otorgan a su propietario (accionista) derechos económicos (reparto de beneficios en forma de dividendos, participación preferente en las ampliaciones de capital) y políticos (participación y voto en la junta general de accionistas). Las acciones son consideradas, a efectos de MiFID, como instrumentos financieros no complejos.
El principal riesgo que se deriva de la inversión en este tipo de títulos es la posibilidad de obtener unas rentabilidades menores a las esperadas, de tal forma que según la evolución de la acción, pueda producirse incluso una pérdida total respecto de la cantidad invertida.
La cotización de una acción depende en cada momento de la valoración que los diferentes participantes en el mercado realicen de la entidad que emite los títulos. Esta valoración dependerá de distintos factores, unos de carácter puramente económicos, como pueden ser las expectativas sobre los resultados futuros de la sociedad y su tasa de crecimiento, y la evolución prevista de los tipos de interés, etc., y otros que trascienden este ámbito.
Valores de renta fija
Los activos de renta fija se corresponden con un amplio conjunto de valores negociables que emiten tanto las empresas privadas como las instituciones públicas, y que representan préstamos que estas entidades reciben de los inversores. Por tanto, la renta fija no confiere derechos políticos a su tenedor, sino sólo derechos económicos, entre los que cabe destacar el derecho a percibir los intereses pactados y a la devolución de la totalidad o parte del capital invertido en una fecha dada. Tradicionalmente en la renta fija, los intereses del préstamo estaban establecidos de forma exacta desde el momento de la emisión hasta su vencimiento, pero actualmente existen otras posibilidades. Frecuentemente los intereses son variables estando referenciados a determinados indicadores, generalmente tipos de interés (p.e. Euribor) o índices bursátiles.
Como regla general, estos productos tienen la consideración de instrumentos financieros no complejos, si bien en aquellos supuestos en los que por sus especiales características o porque en su estructura contenga un instrumento derivado, la consideración será la de instrumento complejo. Dentro de este último apartado podríamos incluir a modo de ejemplo, las acciones/participaciones preferentes, cuya naturaleza mixta (Renta Fija – Renta Variable) las hace poseedoras de esta consideración.
Como regla general, el riesgo por la inversión en este tipo de productos es que la rentabilidad de la inversión sea menor que la esperada inicialmente.
Hay que tener en cuenta que los precios de los activos financieros son sensibles a las expectativas generales sobre la marcha de la economía, sobre el comportamiento específico de determinados sectores o compañías, etc.
Existen otras fuentes importantes de riesgo que pueden afectar a la rentabilidad de un valor de renta fija, y que se reflejan a continuación:
Riesgo de tipos y precio
El riesgo de precio supone la posibilidad de que, cuando el inversor desee vender el activo, su precio de venta sea inferior al de compra. En el caso de la renta fija, este riesgo está unido fundamentalmente a la evolución de los tipos de interés, y se manifiesta cuando el horizonte temporal de la inversión es inferior al plazo de vencimiento del valor.
Riesgo de tipo de cambio
Es el riesgo de variación en los tipos de cambio de las divisas. Sólo afecta a los instrumentos denominados en monedas distintas del euro.
Riesgo de crédito o insolvencia
Es el riesgo de que el emisor de un valor no pueda hacer frente a sus pagos, tanto de cupones como de reembolso del principal, o de que se produzca un retraso en los mismos. El emisor puede ser una empresa, entidad financiera, un Estado o un organismo público.
Riesgo de reinversión
Si el activo adquirido tiene una vida inferior al horizonte de inversión que se desea mantener, a su vencimiento se deberá adquirir otro hasta completar ese periodo. Tal situación origina un riesgo de reinversión, pues podría ocurrir que en esa fecha la rentabilidad que ofrezcan los activos sea inferior a la que se ofrecía inicialmente.
Riesgo de falta de liquidez
El riesgo de falta de liquidez se refiere a una posible penalización en el precio obtenido al deshacer la inversión, en el caso de que fuese necesario realizar la venta con rapidez. En casos extremos, podría suponer la imposibilidad de recuperar el dinero en el momento deseado.
Hay que tener en cuenta que el cálculo del riesgo total de un activo financiero no es la suma de todos los riesgos descritos anteriormente, sino una cifra inferior que tiene en cuenta las posibles correlaciones entre los mismos.
POLITICA DE MEJOR EJECUCIÓN
La Política de Mejor Ejecución establecida por Talea Capital incluye los mecanismos y procedimientos que se estiman razonables con el objetivo de procurar de forma consistente el mejor resultado posible para las órdenes realizadas por cuenta de los clientes a los que se gestiona su cartera, sin que sea obligatorio su obtención en todos y cada uno de los casos. La misma es de aplicación a todos los clientes clasificados como Minoristas o Profesionales por Talea Capital, cuando se ejecuten órdenes por cuenta de los mismos. Es posible que para su ejecución
Talea Capital transmita sus órdenes a una entidad tercera o broker, en cuyo caso Talea Capital seguirá actuando en su mejor interés y cumpliendo los estándares establecidos en la Política de Mejor Ejecución.
Las entidades seleccionadas contarán con las políticas y acuerdos de ejecución necesarios para que Talea Capital pueda cumplir con su deber de actuar en el mejor interés de los clientes cuando se transmitan órdenes a las mismas para su ejecución. Esta política se mantendrá permanentemente actualizada y será revisada periódicamente.
Talea Capital considera que a la hora de determinar el mejor resultado posible para los clientes han de tenerse en cuenta los factores de precio, coste, rapidez, probabilidad de ejecución y liquidación, volumen, naturaleza de la orden o cualquier otra consideración pertinente para la ejecución de la orden. Talea Capital estima que en condiciones normales los factores claves serán precio y coste, entendidos como contraprestación total para el cliente y liquidez, si bien cada transacción particular puede ser afectada por cualesquiera otros de los factores señalados y que su importancia relativa dependerá del tipo de orden, del instrumento financiero concreto sobre el que recaiga la misma y de las características del centro de ejecución en el que pueda ser ejecutada.
Los centros de ejecución previstos por Talea Capital podrán variar en función del instrumento concreto, podrán ser tanto mercados regulados como sistemas multilaterales de negociación, creadores de mercado, etc., o incluso internalizadores sistemáticos en el caso de la renta variable cotizada.
En el caso de fondos de inversión, Talea Capital transmitirá las órdenes de los clientes a sus sociedades gestoras directamente o a través de una plataforma distribución de IIC de terceros, como centro de ejecución que cumple igualmente los requerimientos señalados para obtener el mejor resultado posible.
La existencia de cualquier instrucción específica de un cliente, en relación con la forma de ejecutar una orden, puede impedir a Talea Capital adoptar las medidas que ha concebido y aplicado en su “Política de Mejor Ejecución” en lo relativo a los que se refieran dichas instrucciones específicas. Talea Capital se reservará el derecho de admitir este tipo de órdenes.
Se ha convenido facilitarle un período de quince días durante los cuales puede usted manifestarnos cualquier objeción respecto a los derechos y obligaciones que se detallan en el presente documento y solicitar cualquier información o aclaración complementaria respecto al régimen jurídico instaurado por la Directiva MiFID. Una vez concluido dicho período sin que recibamos ninguna objeción por su parte, entenderemos que acepta someterse al régimen jurídico descrito, y presta su consentimiento respecto de toda la información facilitada en el presente documento. En caso contrario, es decir, si no estuviera de acuerdo con el contenido de este documento, le indicamos que NO podrá contratar con Talea nuevos productos o servicios de inversión sobre instrumentos financieros sujetos a la normativa MiFID.
Información sobre tarifas máximas:
Talea Capital podría percibir por el desarrollo de su actividad y por la prestación de los servicios de inversión sobre los instrumentos financieros que en cada momento se encuentren en el ámbito de aplicación de MIFID las tarifas y comisiones establecidas en el Folleto de Tarifas Máximas, que se encuentra publicado en la página web de la CNMV.
INFORMACIÓN SOBRE SALVAGUARDA DE ACTIVOS
Talea Capital está autorizado para llevar a cabo la actividad de custodia y administración de los activos de sus clientes. El servicio está restringido a la llevanza, por cuenta de sus clientes, del registro individualizado de titularidades finales de las participaciones en IIC que la Sociedad comercialice o intermedie y que estén anotadas a su nombre por cuenta de clientes en una cuenta global.
Talea Capital cuenta con una Política de salvaguarda de activos donde se recogen los objetivo fundamentales y los procesos para cumplirlos: (i) garantizar que se distinguen los activos de un cliente de los del resto de clientes y de los activos de la propia entidad custodia; (ii) establecer las medidas adecuadas para conciliar regularmente las cuentas de efectivo y valores de los clientes entre los registros internos y los facilitados por las entidades custodias; y (iii) supervisar y controlar los procedimientos de liquidación de operaciones y administrativos seguidos por las entidades custodias.
Talea Capital, cumpliendo con lo estipulado en el artículo 19 de la Directiva 2006/73, no utiliza los instrumentos financieros cuya tenencia ostenta por cuenta de sus clientes para operaciones de financiación de su actividad por cuenta propia.
POLÍTICA DE CONFLICTOS DE INTERÉS:
Las entidades financieras que ofrezcan servicios de inversión deben adoptar políticas de detención y gestión de los Conflictos de Interés que pudieran surgir en el momento de la prestación de cualquier servicio de inversión o auxiliar, o de una combinación de los mismos, entre la misma entidad y sus clientes, o entre los distintos clientes.
A continuación, se resume la Política de prevención y gestión de Conflictos de Interés adoptada por Talea Capital para tratar los conflictos que pudieran surgir en el desarrollo de su actividad.
Medidas de prevención y gestión de los conflictos de interés
Con el fin de detectar y gestionar situaciones de conflictos de interés reales o potenciales y evitar que dichas situaciones lleguen a producirse o que, en el caso de que ello no resulte posible, se realice una gestión adecuada de ellas conforme a lo dispuesto en la normativa MiFID, Talea Capital ha recogido en su Política un conjunto de medidas para su prevención y adecuada gestión. Entre las medidas contempladas, en función de la naturaleza y relevancia de cada una de las situaciones de potencial conflicto detectadas, se pueden destacar las siguientes:
- Pautas generales y específicas de actuación que prohíban determinadas conductas (como la revelación a unos clientes de operaciones de otros) o den criterios de resolución para este tipo de situaciones (como por ejemplo el principio general de prioridad de los intereses del cliente o el de asignación equitativa de órdenes).
- Medidas dirigidas a impedir o limitar a cualquier empleado ejercer una influencia inadecuada sobre la forma en que otro empleado o departamento realiza servicios o actividades de inversión.
- Medidas dirigidas a impedir o controlar la participación simultánea o consecutiva de un empleado en diversos servicios o actividades de inversión o auxiliares, cuando dicha participación pueda perjudicar los intereses de los clientes.
- Procedimientos y medidas, ajustados a cada caso concreto, dirigidos a impedir o controlar que el intercambio de información entre personas o departamentos que desarrollen actividades que comporten un riesgo relevante de Conflicto de interés no perjudiquen los intereses de los clientes.
- Medidas específicas para los empleados que participan en la elaboración de informes de inversiones dirigidas a garantizar la autonomía y objetividad de los mismos.
Procedimientos de actuación para la resolución de otros conflictos de interés
Talea Capital ha definido un procedimiento de actuación específico para procurar resolver aquellas situaciones de conflicto que se generen en el curso ordinario de su actividad y que no hayan podido prevenirse.
Talea Capital mantendrá un registro actualizado de los Conflictos de Interés que se hayan producido o que se estén produciendo de forma continuada para que puedan ser analizados y posteriormente gestionados.
En último término, cuando las medidas adoptadas por Talea Capital para gestionar un conflicto de interés concreto no sean suficientes para garantizar, con razonable certeza, que se prevendrán los riesgos de perjuicio para los intereses del cliente, Talea Capital revelará a éste la naturaleza general o el origen del Conflicto de interés antes de actuar por su cuenta, de modo que el cliente pueda tomar la decisión que estime más conveniente respecto al servicio que se le preste u ofrezca.
INFORMACIÓN SOBRE INCENTIVOS
Conforme a prácticas de mercado generalmente aceptadas, Talea Capital puede percibir de o satisfacer a terceros determinadas contraprestaciones en relación con los servicios prestados.
Ninguno de los conceptos estipulados en este catálogo de incentivos es incluido en políticas de remuneración a gestores, agentes u otros empleados, ni son resultado de una política de objetivos de colocación o consecución de ventas fijados por la Sociedad.
Talea Capital tiene suscrito un contrato de colaboración con Banco Inversis S.A. en el cual se regulan los principios, términos y condiciones operativas aplicables a la prestación servicios por parte de dicha entidad.
Estas contraprestaciones pueden clasificarse de la siguiente forma:
- Sobre la base al contrato de colaboración firmado con Banco Inversis S.A.
OPERACIONES DE VALORES EN RENTA FIJA |
Custodia y administración de saldos de valores de renta fija negociados en mercados españoles (o emitidos en España) o depositados en el extranjero, y servicios de gestión del ejercicio de los derechos económicos y políticos derivados de los mismos.
En custodia nacional, de la comisión pagada por el cliente Inversis cederá a Talea Capital las siguientes comisiones
Operación | Comisión (por operación) | Observaciones |
Administración de saldos de valores de renta fija negociados en mercados organizados y anotados en Iberclear. | 0,29%
Mín.: 3€ |
Importe mínimo: Por cartera de renta fija/trimestre.
Porcentaje expresado como tipo anual con devengo diario que se aplicará sobre el valor nominal total de los valores del cliente. Valor nominal |
Gestión de operaciones financieras acordadas por el emisor, ya sean de naturaleza obligatoria o voluntaria | 0,20%
Mín.: 1,5€ |
Por operación y cuenta cliente final. Porcentaje a aplicar sobre el importe efectivo de la operación. Se considera importe efectivo el importe efectivamente percibido por la Sociedad por cuenta del cliente, antes de deducir cuantas retenciones deba de practicar la Sociedad. |
Los incentivos por custodia y administración de saldos de valores expresados como porcentaje se calcularán aplicando dicho porcentaje al valor diario de los activos bajo custodia y administración, ya sea en función de su valor de mercado o de su valor nominal según se indica, por cuenta de cada titular final.
En custodia internacional, de la comisión pagada por el cliente Inversis cederá a Talea Capital las siguientes comisiones
Operación | Ejecución | Observaciones |
Custodia y administración de saldos de valores de renta fija negociados en mercados internacionales y depositados en el extranjero. | 0,265%
Mín.: 3€ |
Valor nominal
Importe mínimo: Por cartera de renta fija/ trimestre. |
Gestión de operaciones financieras acordadas por el emisor, ya sean de naturaleza obligatoria o voluntaria. | 0,20%
Mín.: 1,5€ |
Por operación y cuenta cliente final |
Los valores expresados como porcentaje se calcularán aplicando dicho porcentaje al valor diario de los activos bajo custodia y administración, ya sea en función de su valor de mercado o de su valor nominal según se indica, por cuenta de cada titular final.
OPERACIONES DE VALORES EN RENTA VARIABLE |
Custodia y administración de saldos de valores de renta variable negociados en mercados españoles (o emitidos en España) o en mercados internacionales, y servicios de gestión del ejercicio de los derechos económicos y políticos derivados de los mismos.
En custodia nacional, de la comisión pagada por el cliente Inversis cederá a Talea Capital las siguientes comisiones
Operación | Comisión (por operación) | Observaciones |
Custodia y administración de valores negociados en mercados organizados y anotados en Iberclear. | 0,28%
Mín.: 2€ cartera/trimestre |
Porcentaje expresado como tipo anual a aplicar sobre el valor efectivo de la cartera, calculado en base a los precios de cierre diarios de mercado (o últimos disponibles). Esta tarifa no se aplicará sobre las SICAVs gestionadas por INVERSIS GESTIÓN SGIIC y comercializadas por Talea Capital. |
Gestión de operaciones financieras acordadas por el emisor, ya sean de naturaleza obligatoria o voluntaria. | 0,20%
Mín.: 1,5€ |
Por operación y cuenta cliente final. Porcentaje a aplicar sobre el importe efectivo de la operación. Se considera importe efectivo el importe efectivamente percibido por la Sociedad por cuenta del cliente, antes de deducir cuantas retenciones deba practicar la Sociedad. |
Custodia y administración de valores representados en anotaciones en cuenta no negociados en mercados organizados y anotados por terceras entidades distintas de Iberclear. | 0,30%
Mín.: 2€ cartera/trimestre |
Porcentaje a aplicar sobre el valor nominal de la operación. |
Los valores expresados como porcentaje se calcularán aplicando dicho porcentaje al valor diario de los activos bajo custodia y administración, ya sea en función de su valor de mercado o de su valor nominal, según se indica, por cuenta de cada titular final.
En custodia internacional, de la comisión pagada por el cliente Inversis cederá a Talea Capital las siguientes comisiones
Operación | Ejecución | Observaciones | |
Custodia y administración de valores negociados en mercados organizados. | 0,315%
Mín.: 3€ |
Porcentaje a aplicar sobre el valor efectivo. Importe mínimo: Por cartera/trimestre. | |
Gestión de operaciones financieras acordadas por el emisor, ya sean de naturaleza obligatoria o voluntaria. | 0,25%
Mín.: 1,5€ |
Por operación y cuenta cliente final. | |
Los valores expresados como porcentaje se calcularán aplicando dicho porcentaje al valor diario de los activos bajo custodia y administración, ya sea en función de su valor de mercado o de su valor nominal según se indica, por cuenta de cada titular final.
INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA (IICs) |
En aquellos fondos solicitados por Talea Capital para configurar su universo de comercialización, y en los casos en los que la gestora facilite rebate, Inversis cederá a Talea Capital un porcentaje de dicho rebate. El rebate a percibir se calculará aplicando los porcentajes (porcentajes anuales con devengo diario) al valor diario de las posiciones intermediadas.
PLANES DE PENSIONES |
No se repercutirá comisión alguna en aquellos servicios de recepción y transmisión de Aportaciones, Rescates y Traspaso de derechos de Planes de Pensiones emitidos en España. En aquellos planes de pensiones solicitados por Talea Capital para configurar su universo de comercialización, y en los casos en los que la gestora facilite cesión, Inversis cederá a Talea Capital un porcentaje de dicha cesión. La cesión a percibir se calculará aplicando los porcentajes (porcentajes anuales con devengo diario) al valor diario de las posiciones intermediadas.
- En base al contrato firmado con otras Entidades
Importes percibidos de terceros
Servicio | Concepto | Base | Importe % (ref.) |
Comercialización de Instituciones de Inversión Colectiva gestionadas por Sociedades del Grupo | Talea Capital percibe un porcentaje de la comisión de gestión por la comercialización de Fondos de Inversión y Sicavs | Comisión de Gestión | Hasta un 75% |
Comercialización de Instituciones de Inversión Colectiva gestionadas por Sociedades no del Grupo | Talea Capital percibe un porcentaje de la comisión sobre el importe de la comercialización de Fondos de Inversión y Sicavs | Volumen comercializado | Hasta un 1% |
COLOCACIÓN DE INSTRUMENTOS FINANCIEROS |
La Entidad puede recibir por parte de emisores y/o terceros, y por indicación de éstos, comisiones por la colocación de instrumentos financieros, se base o no en un compromiso en firme.
Servicio | Comisión | Observaciones |
Colocación de emisiones de Renta Fija y Renta Variable en el Mercado Primario. | Máx.: 5% | Comisión de colocación indicada en el folleto público |
OTROS SERVICIOS |
Se incluyen también aquellas gratificaciones y/o regalos de/a clientes, siempre y cuando su importe sea inferior a 600 euros y su recepción sea comunicada, de manera inmediata, al Órgano de Seguimiento.
Incentivos pagados a terceros
Servicio | Concepto | Base | Importe % (ref.) |
Comercialización de Instituciones de Inversión Colectiva gestionadas por Sociedades del Grupo | Talea Capital paga a las Entidades o Agentes comercializadores un porcentaje de la comisión de gestión por la comercialización de Fondos de Inversión y Sicavs | Comisión de Gestión | Hasta un 75% |
Comercialización de Instituciones de Inversión Colectiva gestionadas por Sociedades no del Grupo | Talea Capital paga a las Entidades o Agentes comercializadores un porcentaje de la comisión de gestión por la comercialización de Fondos de Inversión y Sicavs | Volumen comercializado | Hasta un 1% |
Además de estos incentivos, Talea Capital en función de los servicios que presta y que se encuentran detallados en sus tarifas paga a terceros hasta un 75% de las comisiones que recibe por la intermediación de dichos servicios.