Política de implicación

Según establecido tanto en la normativa europea[1] como en la nacional[2], las entidades que presten el servicio de gestión de carteras están obligadas a desarrollar y publicar una política de implicación que describa cómo integran su implicación como accionistas o gestores de los accionistas en su política de inversión.

Asimismo, y con carácter anual, deben hacer público un informe que describa la aplicación de su política de implicación, incluidos una descripción general de su comportamiento en relación con sus derechos de voto, una explicación de las votaciones más importantes y, en su caso, del recurso a los servicios de asesores de voto.

Además, tanto la política de implicación como el informe de aplicación de esta deben estar disponibles públicamente, y de forma gratuita, en el sitio web de las entidades.

Si bien TALEA Capital Partners S.V., S.A., sociedad de valores registrada en la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) con número de registro 221, recoge en su programa de actividades la autorización para prestar el servicio de gestión discrecional e individualizada de carteras; la Sociedad no ha prestado ni presta en la actualidad dicho servicio, por lo que no resulta de aplicación la publicación de una política de implicación y ni de su correspondiente informe anual.

 

[1] Directiva (UE) 2017/828 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de mayo de 2017 por la que se modifica la Directiva 2007/36/CE en lo que respecta al fomento de la implicación a largo plazo de los accionistas en las sociedades cotizadas

[2] Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores